Proyecto de ley sobre modificación de la ley de concursos y quiebras

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15 de mayo de 2002
10ª Reunión – 5ª Sesión ordinaria
Diario de Sesiones – Páginas 2189 a 2191

Sr. Menem. — Señor presidente, distinguidos colegas: diré unas pocas palabras, que tienen que ver con lo que acaba de manifestar la señora senadora por Tucumán.
En ocasión de la sanción de la anterior ley de quiebras, ya habíamos manifestado nuestra posición y observaciones respecto de ella y expresamos la inconveniencia de algunas de sus disposiciones.
Tuvimos algunas discrepancias de carácter metodológico respecto de mezclar normas de emergencia en la ley de fondo. Dijimos que había que separar muy bien una legislación de emergencia de la que se adopta en tiempos de estabilidad.
También manifestamos que la eliminación del instituto del cram down era realmente perjudicial, e hicimos una serie de observaciones que hoy tienen que ver no con demostrar que teníamos razón sino con ser capaces de aprender de esa experiencia.
Legislar para la emergencia no es hacerlo a las apuradas e improvisadamente. Considero que cuando se legisla para la emergencia es cuando mayor cuidado hay que tener, precisamente, por la situación particular que se vive en esos casos, dado que si erramos en las normas que se dicten, podemos profundizarla. Siempre recuerdo aquella famosa frase de Napoleón, quien le decía a su valet “vísteme despacio que tengo apuro”.
Algo similar sucede en estos casos. Cuánto mejor hubiera sido modificar en enero la ley de quiebras de acuerdo con el criterio que hoy estamos adoptando. De esa forma no hubiéramos perdido cuatro preciosos meses, que en épocas de emergencia cobran mayor valor.
Por eso, creo que es bueno este camino de volver —en gran parte— al sistema del régimen de la ley 24.522 vigente hasta enero, porque realmente considero que era mucho más equilibrada y orgánica que la ley que sancionamos hace cuatro meses.
Es cierto que el derecho concursal ha tenido una gran evolución desde su nacimiento en la Baja Edad Media, en donde realmente se tenían en cuenta únicamente los derechos del acreedor.
El deudor era sometido a escarnio, desapoderado de sus bienes, sometido a tormentos públicos e incluso podía ser matado. Valga como un hecho pintoresco, hasta podía ser paseado desnudo por el pueblo, desprovisto de toda ropa, para someterlo a la vergüenza por no haber cumplido con las obligaciones con el acreedor. De ahí que aquella frase que a veces se dice: “con una mano atrás y otra adelante”, proviene de aquellas épocas en que el deudor realmente estaba de esa manera, por su desnudez frente al pueblo cuando no podía cumplir con sus obligaciones.
Desde entonces evolucionó el derecho concursal. Ya no era sólo un problema del deudor y del acreedor sino que toma un carácter publicístico. Después se empieza a pensar que también el interés del deudor tiene que ser tenido en cuenta, asimismo el interés de la empresa, de la economía y, por supuesto, se le da un carácter publicístico, para que esos intereses que están en juego puedan ser equilibrados. Porque en definitiva de esto se trata, y se lo ha dicho aquí; de lo que se trata es de lograr un adecuado equilibrio de los intereses en juego: el interés del acreedor, el del deudor, el interés público, el de la continuidad de la empresa, el interés de los trabajadores en mantener la fuente de trabajo; es decir, en el interés de la economía general.
De esto se trata en el derecho. En el derecho siempre hay una lucha de intereses en procura de lograr un equilibrio. En la medida en que acertemos en lograrlo serán mejores las normas. Siempre hay una puja: el interés individual frente al interés colectivo. La puja entre libertad y autoridad; entre los intereses particulares y los generales. Este es el desafío que tenemos los legisladores: saber encontrar siempre el interés del equilibrio.
Por eso recuerdo la famosa frase de Ulpiano, aquella de: “Vivir honestamente, no dañar a nadie, dar a cada uno lo suyo”. Dar a cada uno lo suyo significa, en otras palabras, ese equilibrio de intereses del que venía dando cuenta.
No voy a entrar en el análisis de este proyecto de ley, porque me siento totalmente representado por el informe de la senadora por Salta, que hizo un análisis realmente muy bueno y objetivo del tema.
Porque aquí, señor presidente, aunque se dice que se dejan de lado posiciones ideológicas, lamentablemente existe ese tipo de planteos. Muchas veces se hacen los análisis jurídicos desde el punto de vista de esas posiciones ideológicas.
Así como dije la vez pasada, cuando entrábamos al debate de la subversión económica, que yo no tenía ningún prejuicio en votar la derogación de la ley, porque creía que era —y sigo sosteniéndolo— una lacra para el sistema jurídico argentino. Voy a seguir defendiendo la derogación de la ley, más allá de todas las estupideces y las barbaridades que se han dicho, por parte de algunos políticos y algunos medios de difusión. Estoy creyendo que quizás ellos están defendiendo otros intereses y no el del pueblo ni los derechos de los ciudadanos.
Por lo tanto, hoy vengo a decir que voto este proyecto de ley de quiebras por convencimiento, no porque lo pida el Fondo Monetario Internacional. A mí no me importa que lo pida o que lo deje de pedir; lo que me interesa es que este proyecto de ley viene a reparar algunos de los errores que hemos cometido en enero y que habíamos advertido.
Debo decir con toda lealtad que también se mejoran algunos aspectos de la ley que estaba vigente al mes de enero, como la regulación mucho más eficiente de esta institución, que nosotros creíamos que era un error derogar, que es la del cram down, que ahora vuelve pero mucho mejor legislada, como muchas otras disposiciones a las cuales se hizo referencia, como el tema de la novación, el tema de los plazos y todo aquello que tienda al equilibrio de los intereses de las partes.
En este proyecto de ley se restablece la protección del interés del acreedor con las suspensiones de plazos y el acortamiento de los mismos por el período de exclusividad. Se equilibra el interés del deudor cuando se establece, por ejemplo, que la valuación de la empresa se debe hacer a valor de mercado y no a valor de libros. Se atiende al interés de los trabajadores cuando se establecen pautas para la continuidad de la empresa. Es decir que, en general, se han tenido en cuenta todos esos intereses.
Recuerdo la definición clásica de Francisco Carnelutti, ese eximio jurista italiano, cuando decía que el derecho es un sistema de mandatos destinados a armonizar y resolver los conflictos de intereses entre los miembros de un grupo social. Agregando que si los hombres no tuviesen intereses opuestos dejaría de tener razón el orden jurídico.
Por consiguiente, cuando estamos modificando una ley que es muy importante porque tiende a regular la crisis de las empresas en esta época crítica del país, es doble el desafío que tenemos porque hay que regularla de forma tal que las empresas puedan continuar, que puedan mantenerse las fuentes de trabajo y que no se resientan los derechos de los acreedores y de los deudores dentro de esta situación de crisis generalizada.
Por ahí se ha dicho que esta ley no resuelve la situación de emergencia y que no soluciona los problemas que tenemos. Es claro que no los resuelve, no es la panacea para resolver la crisis. Pero la importancia de esta modificación radica en que con ella se defiende la posibilidad del crédito. Porque si el fiel de la balanza —como aquí se decía—se inclina como se inclinó en enero hacia el acreedor, se está perjudicando al crédito y no va a haber quien quiera invertir o quiera dar crédito a los deudores. Ya sabemos que el crédito es la palanca que mueve toda la actividad económica. Así que no es cierto que esto no tienda a mejorar la situación. Sí la tiende a mejorar desde el punto de vista de que refuerza las posibilidades de reconstituir el crédito, que es una de las grandes falencias que tenemos en nuestro país. Por eso apoyo a esta ley y reitero mi convicción muy firme en el sentido de que esto no tiene nada que ver con una exigencia del Fondo Monetario Internacional.
Cuando éramos chicos nos corrían con el cuento de que si no tomábamos la sopa venía el cuco. Aquí el cuco es el Fondo Monetario. Si el Fondo está de acuerdo con alguna norma, nosotros no deberíamos votarla y viceversa. Esta es una película que ya la hemos visto muchas veces. Creo que aquí estamos legislando de acuerdo con lo que más le conviene al país, que es la posibilidad de recuperar las empresas, el crédito y de que podamos superar esta situación de emergencia en la cual estamos todos empeñados —en esto estoy seguro— sin distinción de banderías partidarias.

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