Declaración de repudio de la agresión militar de EEUU a Libia
21 de mayo de 1986
2ª Reunión – 2ª Sesión ordinaria
Diario de Sesiones – Tomo 1 – Páginas 270 a 272
Sr. Menem. — Señor presidente: la comunidad internacional se ha visto conmovida en los últimos tiempos por la acción llevada a cabo por una de la más grandes potencias del mundo, los Estados Unidos de América, que procedió a bombardear a dos poblaciones civiles de Libia, bajo el pretexto de represalia por supuestas acciones terroristas.
Así la cosa, señor presidente, aparece un país juzgando unilateralmente supuestas acciones de otro. Y no sólo eso sino ejerciendo también directamente la pretensión punitiva, la pretensión represiva, y procediendo a atacar a poblaciones civiles, aun bajo la invocación de que lo hacía exclusivamente sobre objetivos militares, afirmación esta que se vio desmentida por los hechos, ya que las principales víctimas de esos arteros ataques fueron mujeres y niños.
Parece indudable, señor presidente, que este tipo de acciones constituye una manifestación evidente del más perverso terrorismo de Estado. Esta vez se usa la acción de la fuerza para infundir el temor, el terror, por parte de una nación fuerte a una nación más pequeña, atacando a hombres, mujeres y niños, produciendo bajas, dañando no sólo la vida sino también la integridad física y material del pueblo que, en este caso, fue objeto de la agresión.
Aparece claro que esta incursión aérea realizada por los Estados Unidos de América no sólo afecta el derecho de independencia y de autodeterminación de un pueblo, no sólo afecta los derechos humanos del pueblo libio sino que además es violatoria de elementales normas del derecho internacional.
Consideramos que la República Argentina no puede permanecer indiferente frente a la gravedad de estos hechos. En primer término, porque es integrante de la comunidad organizada e institucionalizada a través de las Naciones Unidas. La Carta de las Naciones Unidas tiene normas claras sobre estos temas, que han sido flagrantemente vulneradas por la potencia agresora. Me voy a permitir recordar algunas de estas disposiciones.
Entre los propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, en el artículo 1°, se menciona el de mantener la paz y la seguridad internacionales y con tal fin tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y para suprimir actos de agresión u litros quebrantamientos de la paz y lograr por medios pacíficos, y de conformidad con los principios de la justica y el derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situaciones internacionales susceptibles de conducir a quebrantamientos de la paz.
El artículo 2° obliga a los Estados miembros a proceder conforme a los siguientes principios: inciso 3) los miembros de la organización arreglarán sus controversias internacionales por medios pacíficos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia; inciso 4) los miembros de la organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas.
Por su parte, el artículo 33 expresa que las partes en una controversia cuya continuación sea susceptible de poner en peligro el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales tratarán de buscarle solución, ante todo, mediante la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales u otros medios pacíficos de su elección.
El artículo 39 establece que el Consejo de Seguridad determinará la existencia de toda amenaza a la paz, quebrantamiento de la paz o acto de agresión y hará recomendaciones o decidirá qué medidas serán tomadas de conformidad con los artículos 41 y 42 para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales.
Por último el artículo 46 dice que los planes para el empleo de la fuerza armada serán hechos por el Consejo de Seguridad con la ayuda del Comité de Estado Mayor.
Todas estas disposiciones han sido abiertamente violadas por la potencia agresora, que en vez de recurrir directamente al uso de la fuerza debió utilizar estos mecanismos de arbitraje y conciliación, que no es ni más ni menos que el uso de los medios pacíficos para garantizar la convivencia internacional.
Si en su momento la gran mayoría del pueblo argentino repudió el terrorismo de Estado, y lo hemos repudiado todos sin excepción porque padecimos en carne propia este terrorismo de Estado en el orden interno en los sangrientos años vividos entre 1976 y 1983, la República Argentina no puede menos que expresar su condena también cuando este terrorismo de Estado se ejerce en el orden internacional por parte de una potencia, cualquiera sea ella, y mucho más cuando se trata de una de gran poder, que tiene todos los medios a su alcance como para acudir a otro tipo de medidas a fin de encauzar a aquellos países que, según ella, han cometido acciones terroristas que merecen una represalia.
Si no actuamos de esta forma, señor presidente, con un criterio principista de reaccionar frente a estas agresiones internacionales, nada podremos decir en el día de mañana si se volvieran a repetir.
Hace pocos días Sudáfrica, Estado racista que hace discriminaciones a diario, atacó a pueblos vecinos con el pretexto de reprimir acciones terroristas.
Tampoco podremos decir nada en el futuro si se cumplen las amenazas de los Estados Unidos de no permitir crear en el umbral de su territorio otra Libia, refiriéndose concretamente al caso de Nicaragua. Si no repudiamos total y concretamente este tipo de acciones, nada podremos decir si se cumplen esas amenazas de bombardear o invadir al hermano país de Nicaragua.
Por otro lado, señor presidente, debo destacar una extraña coincidencia. Cuando ocurrió la agresión imperialista en contra de la Argentina, con motivo de las islas Malvinas, fueron precisamente estas mismas dos potencias las que se auxiliaron para despojar a nuestro país de sus legítimos derechos en el territorio de Malvinas. En aquella oportunidad fue Inglaterra, con el auxilio de Estados Unidos: en la agresión al pueblo libio fue Estados Unidos con el auxilio de Inglaterra.
No sé si será una extraña coincidencia o si fue una forma de revancha por aquel auxilio que en su oportunidad, nos prestó Libia. Porque no debemos olvidar que la República de Libia no sólo nos dio un respaldo moral y el voto en las Naciones Unidas a favor de las pretensiones argentinas, sino que fue uno de los pocos países del mundo —si no el único— que además nos auxilió materialmente, en ocasión de aquellos desgraciados días que vivió la Nación.
Este, señor presidente, es un acto de prepotencia, es un acto de crueldad por parte de una nación que, porque se sabe fuerte, se cree con el derecho de atacar a países más débiles.
Hace algunos días —cabe recordarlo— salió un artículo en el diario “La Voz del Interior” bajo el título “La otra cara del terror”, escrito por el periodista Enrique Lacolla, donde formula apreciaciones respecto de esta acción de los Estados Unidos, atribuyendo a este tipo de medidas el intento de reverdecer, de reflotar ese famoso principio, ese famoso mito de la superioridad americana, que se sintió vulnerado con motivo de la guerra de Vietnam en la que, no obstante atacar a un país más chico, fueron derrotados.
Quiero leer un párrafo de este artículo, que es bastante ilustrativo. Dice el periodista: “Ahora Reagan quiere reconstituir aquella creencia —se refiere al mito de la superioridad americana— realizando desde el poder la vieja ficción que en más de una oportunidad encarnó en la pantalla. Sus dotes de ‘comunicador’ —esto es de actor— encuentran un público predispuesto a creer en la leyenda del cowboy justiciero que resuelve todos los problemas de un balazo y que, sobre todo, está asistido por una razón que supera a todas las otras porque es la razón del más fuerte y del más rápido”.
Con estos fundamentos, señor presidente, quiero dejar constancia del apoyo de nuestra bancada a este proyecto, y decir que el segundo párrafo, cuya admisión hemos hecho, respecto del repudio al terrorismo en cualquiera de sus formas, no significa en modo alguno —no podría significarlo— que estamos avalando la idea de Estados Unidos de echar las culpas a un país determinado por supuestas acciones terroristas, porque no nos consta. Como dije al principio, han sido hechos juzgados unilateralmente y con supuestas pruebas que sólo la potencia agresora dice tener.
Nuestra actitud, de aceptar la inclusión de ese segundo párrafo, es de repudiar —como no podía ser de otra forma— toda acción del terrorismo, pero sin que esto tenga ninguna vinculación con las imputaciones de la potencia agresora.
Por todo ello, señor presidente, vamos a votar favorablemente este proyecto de declaración.