El OLVIDO DE CRISTINA

Jueves, 5 marzo, 2009 7:14PM

La omisión presidencial de declarar inaugurado el periodo de sesiones ordinarias no impide que el mismo se haya iniciado automáticamente el 1º de marzo.-

El OLVIDO DE CRISTINA

En ocasión de dar su discurso de apertura de las sesiones ordinarias ante la Asamblea Legislativa el pasado 1º de marzo, la Presidenta de la Nación olvidó de pronunciar al finalizar su alocución las tradicionales palabras declarando inaugurado un nuevo periodo de sesiones ordinarias.-
Ante esa omisión algunos medios se plantearon la duda sobre si realmente había quedado abierto el periodo de sesiones o si haría falta un nuevo mensaje presidencial, formulado por escrito, salvando el error cometido. Se citaba en apoyo de esta posición lo ocurrido con el Presidente de Estados Unidos que después de asumir tuvo que jurar nuevamente porque había cometido un error al pronunciar su primer juramento.-
Desde ya nos anticipamos en sostener que la omisión de la Presidenta en pronunciar la fórmula de rigor declarando abierto el 127º periodo de sesiones, no impidió en absoluto que se haya producido ese efecto y que a partir del 1º de marzo ambas Cámaras entraren automáticamente en sesiones ordinarias.-
Es cierto que la Constitución Nacional establece entre las atribuciones presidenciales la de hacer anualmente la apertura de las sesiones del Congreso, reunidas al efecto ambas Cámaras, dando cuenta en esta ocasión del estado de la Nación, de las reformas prometidas por la Constitución, y recomendando a su consideración las medidas que juzgue necesarias y convenientes (artículo 99 inciso 8º).-
Pero en otra disposición constitucional se dispone que: “Ambas Cámaras se reunirán por sí mismas en sesiones ordinarias todos los años desde el primero de marzo hasta el 30 de noviembre…”. Cabe aclarar que la expresión “por sí mismas” fue agregada por la reforma de 1994, precisamente para evitar cualquier duda sobre la autonomía en el funcionamiento de las Cámaras del Congreso de la Nación, cuyo periodo de sesiones ordinarias queda automáticamente abierto el 1º de marzo y clausurado el 30 de noviembre de cada año.-
Más aún podría ocurrir que el Presidente de la Nación no cumpla con su obligación de concurrir personalmente al Congreso el 1º de marzo a pronunciar su discurso declararando inaugurado el periodo de sesiones ordinarias, no obstante lo cual el mismo queda igualmente abierto por imperio de la citada cláusula constitucional.-
Esta disposición tiene su razón de ser en la independencia del funcionamiento de los Poderes del Estado, porque de lo contrario el Poder Legislativo quedaría supeditado a la voluntad del titular del Poder Ejecutivo de concurrir al Congreso para declarar inauguradas las sesiones ordinarias.-
El caso que se cita del error cometido en el juramento del Presidente Barack Obama es totalmente distinto, ya que la Constitución de Estados Unidos dispone que antes de asumir su cargo el Presidente debe prestar juramento solemne de acuerdo a una fórmula expresamente establecida, por lo que de no cumplirse estrictamente podría dar lugar a la nulidad de dicha asunción (artículo II, Sección I de la Constitución de EE.UU.). Cabe destacar al respecto que nuestra Constitución Nacional también establece una fórmula expresa de juramento, pero que puede variar de acuerdo a la creencia religiosa del Presidente, según la reforma de 1994 (artículo 93), lo cual no ocurre con la norteamericana que prescinde de toda invocación religiosa.-
En definitiva, además del significado institucional y protocolar que reviste la asistencia del Presidente de la Nación ante la Asamblea Legislativa, adquiere relevancia el mensaje que pronuncie dando cuenta del estado de la Nación y recomendando a su consideración las medidas que juzgue necesarias y convenientes, tal como lo establece la Constitución Nacional.-